Un juez estadounidense admite a trámite la demanda por la falta de fruta en las bebidas de Starbucks
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El juez John Cronan señaló que la limonada "Mango Dragon Fruit", por ejemplo, contenía auténtica fruta del dragón, pero mango sólo como aromatizante. Para los compradores, la diferencia no era obvia por los nombres y la publicidad, subrayó. Y a diferencia del caso de la vainilla, por ejemplo, no era práctica común que se tratara de un aromatizante en lugar del producto real.
Starbucks había presentado una moción para desestimar la demanda, presentada hace aproximadamente un año. La cadena de cafeterías alegó, entre otras cosas, que los consumidores "razonables" no corrían riesgo de ser inducidos a error. Starbucks también señaló que las bebidas contenían los sabores indicados en el nombre, al menos como sabores, y que los clientes podían obtener más información de los empleados.
Los demandantes alegaron que habían estado dispuestos a pagar precios más altos por las bebidas porque esperaban que contuvieran fruta de verdad. (dpa)
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